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PLAN DE REGULARIZACIÓN
En el marco de lo establecido en en Decreto 3151/18 MEHF y con el objeto de propiciar el cumplimiento voluntario de obligaciones, se encuentra vigente un régimen especial de regularizaciones destinado exclusivamente a los contribuyentes encuadrados en el rubro Servicios.
El mismo prevé la posibilidad de saldar las deudas de impuestos provinciales mediante dos esquemas de cuotas – ver abajo – y se extenderá desde el 28 de septiembre hasta el 19 de octubre próximo, siendo este el plazo único e improrrogable fijado para manifestar la voluntad de acogimiento.
Asimismo, a diferencia de procesos anteriores, la tramitación del acogimiento será desdoblada en dos instancias:

La primera, con plazo hasta el 19 de octubre, comienza con la manifestación voluntaria de acogimiento a través de nuestros servicios web con Clave fiscal -con previa adhesión obligatoria al Domicilio Fiscal Electrónico (Res. 150/18 ATER) por parte de los contribuyentes interesados - que concluye con el otorgamiento de una CONSTANCIA que habilita la suscripción de un plan de pago.
La segunda, con plazo hasta el 09 de noviembre, se continúa con la concurrencia a la oficina de representación citada en la constancia y procediendo a la efectiva suscripción del plan antes la fecha citada, plazo tras el cual se considerarán como DESISTIDAS todas las manifestaciones de acogimiento no tramitadas.

IMPORTANTE
Si al procesar el acogimiento la constancia que se otorga arroja observaciones referidas a encuadre ("no encuadrado"), declaraciones juradas adeudadas, errores en inscripción u otras situaciones, el contribuyente tiene hasta el 12 de octubre para resolver tales situaciones.

COMENZAR
Adhesión al Régimen (servicio ATER con clave fiscal) Disponible desde el viernes 28/09

Normativa
  Decreto 3151/18 MEHF

A tener en cuenta
Plazo de manifestación opcional de acogimiento:
Hasta el 19 de octubre.
Plazo de suscripción del plan:
Hasta el 9 de noviembre.
Plazo para presentar DD.JJ e inscripciones omitidas:
Hasta el 12 de octubre.

Opciones de pago y plazos.
OPCION A) 2 CUOTAS – condonación 100% multas y 80% intereses Vto cuota 1: 15/11/2018 vto cuota 2: 15/12/2018

OPCION B) 8 CUOTAS – condonación 100% multas y 40% intereses Vto cuota 1: 15/11/2018 por el 20% de la deuda vto cuota 2: 15/12/2018 Vto cuota 3: 15/01/2019 vto cuota 4: 15/02/2019 Vto cuota 5: 15/03/2019 vto cuota 6: 15/04/2019 Vto cuota 7: 15/05/2019 vto cuota 8: 15/06/2019

Formas de pago previstas para todos los pagos.
Débito Directo en cuenta (con CBU)
Las cuotas no podrán ser abonadas una vez vencidas.