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  3. Selección de trámite
  4. Información de trámite
GUIA DE TRAMITES
Baja como contribuyente

 ¿Qué es? ¿De que se trata?
Es el trámite para solicitar la baja del Impuesto

 ¿A quién está destinado?
A toda Persona Física o Jurídica que ya no tenga empleados en relación de dependencia

 ¿Quién puede realizarlo?
Titular, responsable o apoderado

 ¿Dónde se realiza el trámite?
Todas las Representaciones Territoriales detalladas en la opción del menú Información Util/Representaciones Territoriales 

 ¿Qué documentación se debe presentar?
  • Formulario ATER-A12 (por duplicado), completando la información requerida con carácter de Declaración Jurada. En el caso de Personas Jurídicas, la firma del responsable o apoderado en el Formulario debe ser únicamente certificada por Entidad Bancaria, Escribano o Juez de Paz.
  • Constancia de baja de AFIP, que avale el cese como empleador
  • DDJJ Mensual del mes en que solicita la baja
  • En caso de baja retroactiva, adjuntar reporte de AFIP respecto a: "Impuestos históricos" que se encuentra dentro del Sistema Registral - Consultas - Datos Registrales, opción "más información" - Datos Históricos.
  • En el caso de Personas Jurídicas, la firma del responsable o apoderado en el Formulario ATER-A12 debe ser únicamente certificada por Entidad Bancaria, Escribano o Juez de Paz.

 ¿Cuáles son los Formularios involucrados en el trámite?

 El trámite paso a paso
1.  Se presenta en contribuyente en la Representación Territorial más cercana a su domicilio, con el formulario ATER-A12 por duplicado y con la documentación solicitada, la RT recepcionará y controlará los datos llenados en el formulario, la documentación y procederá a registrar en el sistema SAT la baja, procediendo posteriormente a entregarle una copia del formulario ATER-A12 debidamente conformado por la RT

 Recomendaciones
Realizar la baja dentro de los Veinte (20) días corridos desde el cese de la actividad. De lo contrario, será pasible de las sanciones establecidas en Resolución 102/17 ATER.