1. Inicio
  2. Información Fiscal > 
  3. Comercio. Plan de Regularización
COMERCIO. PLAN DE REGULARIZACIÓN
En el marco de la vigencia de la Ley 10.557 de Reforma Tributaria, la provincia ha dispuesto un régimen Especial de Regularización de deudas para todos los contribuyentes del sector comercial (mayorista y minorista),con el objeto de facilitar una ventana de oportunidad única de baja en la presión tributaria, a través del acceso a las menores alícuotas previstas en la ley 10.557 (3,5% para los micro y pequeños contribuyentes de hasta 75 Millones de facturación anual, y 4% para los Medianos contribuyentes de hasta 900 millones de facturación anual).
De acuerdo con lo establecido en la Resol. 75/18 MEHF del 15 de Junio de 2018 el régimen se extenderá hasta el 30 de Junio de 2018 ,siendo este el plazo único e improrrogable fijado para manifestar la voluntad de acogimiento. Asimismo, prevé la posibilidad de saldar las deudas de impuestos provinciales mediante pago único o esquemas de cuotas – ver abajo – y a diferencia de procesos anteriores, la tramitación del acogimiento será desdoblada en dos instancias;

La primera, con plazo hasta el 30 de junio, comienza con la manifestación voluntaria de acogimiento a través de nuestros servicios web con Clave fiscal -con previa adhesión obligatoria al Domicilio Fiscal Electrónico (Res. 150/18 ATER) por parte de los contribuyentes alcanzados - que concluye con el otorgamiento de una CONSTANCIA que habilita la suscripción de un plan de pago.

La segunda, con plazo hasta el 19 de julio (Nuevo plazo según Res 93/18 MEHF), se continúa con la concurrencia a la oficina de representación citada en la constancia y procediendo a la efectiva suscripción del plan antes la fecha citada, plazo tras el cual se considerarán como DESISTIDAS todas las manifestaciones de acogimiento no tramitadas.

COMENZAR
 Adhesión al Régimen (servicio ATER con clave fiscal)
 Domicilio Fiscal Electrónico

NORMATIVAS
 Resolución 75/18 M.E.H.F.
 Ley 10.591
 Ley 10.557

A TENER EN CUENTA:
Plazo de manifestación voluntaria de acogimiento:
 Hasta las 23:59 del día 30/06/2018 (IMPRORROGABLE!!)
Plazo de suscripción de plan (Trámite presencial en las RT’s):
 Hasta el 19 de Julio de 2018 (Nuevo plazo fijado según Res. 93/18 MEHF)

Si al procesar la manifestación voluntaria de acogimiento la CONSTANCIA que se otorga arroja observaciones referidas a encuadre ("no encuadrado"), declaraciones juradas adeudadas, errores en inscripción u otras situaciones, tenga en cuenta que el contribuyente tiene HASTA 5 DÍAS HABILES ANTES DE LA FECHA DE SUSCRIPCION DEL PLAN para resolver tales situaciones.

Opciones de pago, plazos y esquema de condonaciones:
OPCION A) Pago único – condonación 100% multas y 80% Intereses
Vto pago único: 21/08

OPCION B) Anticipo + 2 cuotas - condonación 100% multas y 60% Intereses
Vto anticipo: 20/07/2018
Vto cuota 1: 28/08/2018
Vto cuota 2: 28/09/2018

IMPORTANTE: El pago único, anticipo y cuotas no podrán ser abonadas una vez vencidas.

Formas de pago previstas para todos los pagos.
 En punta de caja BERSA o ERS
 Debito Directo en cuenta (con CBU)
 Home Banking (LINK o Banelco/PagoMisCuentas)