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Res. 171/2021 ATER
Agentes: Recuerdan la obligatoriedad del uso de SIRCAR a partir de 2022

Rige para los agentes de retención y percepción del impuesto a los ingresos brutos que hasta diciembre no hayan optado por su utilización.
A partir de la Resolución N° 171/2021 que dispuso la adhesión de ATER al Sistema de Recaudación y Control de Agentes de Recaudación (SIRCAR) -Resolución Gral. 84/02 CA- y por la que los Agentes de Retención y/o Percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos pudieron comenzar a optar por utilizar esta plataforma para las obligaciones de presentación de la declaración jurada y pago, a partir del periodo enero de 2022 comenzará a regir la obligatoriedad del uso de la misma.
 
Esta disposición aplica solamente a los agentes recaudadores de Ingresos Brutos. En tanto, los agentes del impuesto a las Profesiones Liberales continúan utilizando el aplicativo SIAGER.
Servicios que facilitan la gestión.

Por otra parte, desde el área de impuestos anticiparon que complementariamente a esta medida, se encuentra próxima a lanzarse una nueva aplicación para la generación de archivos de importación de Retenciones y/o Percepciones para los contribuyentes locales de Ingresos Brutos que generan sus DDJJ en el aplicativo DIU.

De esta manera se prevé reducir la carga administrativa asociada a la elaboración y presentación de las declaraciones juradas de los mismos.
 
(Prensa ATER)