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GUÍA DE TRÁMITES



Generación de volante de pago de actos, contratos u operaciones instrumentadas privadamente. Id n°: 1047
Es el tramite para la generación del volante de pago del Impuesto de Sellos.
¿Quién puede realizar el trámite?

Puede realizarlo una de las partes del contrato o acto, o intermediario matriculado autorizado, que cuente con Clave Fiscal -Nivel 3- de AFIP.

¿A quién está destinado?

Esta destinado a todos aquellos contribuyentes que realicen operaciones o formalicen actos y contratos sujetos al impuesto de sellos.

¿Cuáles son los pasos?
  1. Ingresar al portal de AFIP con CUIT y CLAVE FISCAL en la sección de Servicios de ATER (Servicios Administradora Tributaria de Entre Ríos)

  2. Ingresar a la opción "Servicios" - "Sellos Web"

  3. Ver instructivo

Luego de abonar el volante de pago generado (consultar medios de pago), deberá realizar la imputación del contrato.

¿Qué requisitos tiene?
 Tener constituído domicilio fiscal electrónico.
 Contar con Clave Fiscal -Nivel 3- de AFIP.
Normas Asociadas
Observaciones

Documentacion que se debe tener a la vista para liquidar el impuesto:

  • Constancia de CUIT o CUIL de las partes intervinientes en el acto.
  • Original del contrato, acto o instrumento del que surja la obligación del pago del Impuesto.
  • En caso de corresponder: Testimonio de Escrituras de Extraña Jurisdicción, Acta de remate y Resolución judicial de su aprobación, Actos societarios y Estados Contables actualizados (de donde surja el Patrimonio Neto).
  • En el caso de contratos de arrendamiento Rural cuyo precio esté fijado en porcentaje: Ultimo aviso de vencimiento de Impuesto Inmobiliario Rural.
  • Siempre que el objeto del acto sea un inmueble: Número de partida provincial inmobiliaria.
ABC Consultas Frecuentes Asociadas
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Información actualizada al: 02/02/2024 11:43:34 a.m.





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