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Vence el 28 de abril
Inmobiliario Urbano por debajo de la inflación
La Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER) recuerda que el lunes 28 de abril opera el vencimiento del Impuesto Inmobiliario Urbano 2025, correspondiente a todas las partidas. En esa fecha deberá abonarse, según la opción elegida por cada contribuyente, la primera cuota o el pago único anual.

En línea con la decisión del gobernador Rogelio Frigerio de reconocer y acompañar a los contribuyentes que cumplen responsablemente con sus obligaciones, ATER dispuso que la actualización del tributo contemple un beneficio por tope del 115 por ciento, favoreciendo al contribuyente con una adecuación por debajo de la inflación del 118 por ciento registrada en 2024.
 
Con esta medida, el Gobierno se esfuerza en absorber parcialmente el impacto de la evolución inflacionaria sin trasladar linealmente estos valores a los impuestos, evitando un mayor incremento y priorizando al contribuyente.
 
Beneficios
 
Desde el organismo se recordó que continúan vigentes los beneficios de hasta un 35 por ciento de descuento para quienes opten por el pago anual anticipado y cumplan determinadas condiciones:
 
- Es el 15 por ciento por pagos registrados antes de los vencimientos del 2024.
- El 10 por ciento por pago anual anticipado.
- El 10 por ciento adicional para quienes se adhirieron a la boleta digital durante la campaña finalizada el 15 de enero.
 
El director ejecutivo de ATER, Jesús Korell, destacó que "estas medidas se inscriben en una política tributaria prudente, orientada a sostener el equilibrio fiscal sin trasladar incrementos excesivos a los contribuyentes".
 
Determinación del impuesto
 
El monto del tributo se calcula conforme a lo establecido por la normativa vigente y la Ley Provincial de Valuaciones, que regula el valor fiscal de los inmuebles. Se tienen en cuenta variables como la superficie del bien, sus características constructivas y la incorporación de mejoras o ampliaciones. Si el inmueble no ha sufrido modificaciones, y está con las mismas condiciones que el año anterior, no tendrá aumentos por encima del tope fijado del 115%. Este beneficio por tope alcanzó al 80% de las partidas inmobiliarias.
 
Dicho tope se excede en los casos de partidas de valuación más altas (propiedades más caras), no obstante, se aplicó un beneficio consistente en la reducción de hasta el 40% de lo que correspondería pagar.
 
Cuando se detectan nuevas construcciones —como habitaciones, cocheras o piletas— o cuando un terreno baldío pasa a tener edificación, el avalúo fiscal se actualiza para reflejar esa nueva realidad. En esos casos, la variación del impuesto puede ser superior al promedio, no por un incremento del tributo en sí, sino por el reajuste de la base imponible.
 
Canales de atención
 
Para acceder a la boleta digital, consultar vencimientos o recibir asistencia personalizada, los contribuyentes pueden ingresar al sitio oficial www.ater.gob.ar o comunicarse por los siguientes medios:
Al teléfono: 0810 888 2837 (lunes a viernes, de 8 a 13); correo electrónico: consultas@ater.gob.ar y en las oficinas presenciales: habilitadas en toda la provincia, con atención al público en los horarios habituales.