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Vencimientos
ATER informa que ya están disponibles las boletas digitales correspondientes a la segunda cuota del Inmobiliario Urbano
La Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER) informa que las boletas del Impuesto Inmobiliario Urbano ya están siendo distribuidas a través de medios digitales, en cumplimiento de las disposiciones vigentes que promueven la modernización y simplificación de trámites.

Al mismo tiempo, avanza el reparto domiciliario de boletas en formato impreso, siendo este el último vencimiento del tributo en el que se emplea esta modalidad, teniendo en cuenta que desde la próxima cuota las boletas estarán disponibles exclusivamente en formato digital.

 

En consecuencia, ATER recuerda a los contribuyentes la importancia de adherir a la Boleta Digital. El trámite puede realizarse en cualquier momento, de manera rápida y simple, desde el portal institucional: https://www.ater.gob.ar/ater2/adhesionCorreo/AdhesionMail0.asp

 

Fechas de vencimiento

 

- Últimos dígitos verificadores 0, 1, 2, 3, 4: martes 17 de junio de 2025

- Últimos dígitos verificadores 5, 6, 7, 8, 9: miércoles 18 de junio de 2025

 

Más digital, más fácil

 

ATER recuerda que la boleta impresa no es imprescindible para abonar el impuesto, teniendo en cuenta que con el número de partida y Documento Nacional de Identidad (DNI) los contribuyentes pueden realizar sus pagos en las sucursales del Banco de Entre Ríos y en los locales de Entre Ríos Servicios. 

 

Además, se encuentran habilitadas las siguientes formas de pago:

 

- En efectivo o con tarjeta de débito en Entre Ríos Servicios

- Home Banking (Red Link y Banelco)

- Cajeros automáticos

- Volante de Pago Ágil a través de ARCA

- Botón de pago web en www.ater.gob.ar

- Boleta Digital (descarga desde la web)

 

La descarga de boletas desde la página web es un proceso muy práctico y sencillo, que permite a los contribuyentes acceder de forma inmediata a sus vencimientos desde computadoras, teléfonos celulares y tablets. 

 

Consultas y asistencia

 

Para más información, asistencia o consultas, ATER pone a disposición los siguientes canales:

 

- Teléfono: 0810-888-2837 (lunes a viernes, de 8 a 13)

- Correo electrónico: consultas@ater.gob.ar 

- Sitio web: www.ater.gob.ar

- Oficinas y receptorías territoriales en toda la provincia

 

Finalmente, se recomienda a los contribuyentes verificar periódicamente el estado de sus obligaciones y realizar las gestiones en tiempo y forma, evitando recargos y sanciones.