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Catastro
ATER recuerda que las obras en inmuebles deben declararse en la Provincia
La Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER) recuerda a los propietarios de inmuebles la importancia de cumplir con la declaración de obras y mejoras constructivas en sus propiedades.

Conforme al artículo 22 de la Ley de Valuaciones, los propietarios o poseedores a título de dueño están obligados a declarar toda modificación o incorporación de metros cuadrados en un plazo de 60 días desde que las mejoras se encuentren en condiciones de habitabilidad. El incumplimiento de esta obligación puede derivar en sanciones.
 
La declaración en el municipio no reemplaza la notificación a Provincia 
 
En algunas ocasiones, los contribuyentes tramitan sus declaraciones únicamente en los municipios, omitiendo la notificación al organismo tributario provincial. Al respecto, desde la Dirección de Catastro reiteran que las normas vigentes disponen que estas presentaciones deben formalizarse tanto en la jurisdicción local como en ATER. 
 
Cumplimiento voluntario
 
“Es importante cumplir las normas, principalmente para evitar multas”, indicó el director de Catastro de ATER, Mauro Bangert. “Deben corresponder las características del bien inmueble declarado, que aparece especificado en la boleta de ATER, y lo que realmente hay en la propiedad. Si el contribuyente aporta por un terreno baldío y tiene una propiedad edificada en ese terreno, está infringiendo las normas”, advirtió Bangert.
 
En línea con los objetivos establecidos por el director ejecutivo de ATER, Jesús Korell, se han intensificado los controles mediante fiscalizaciones territoriales y el uso de herramientas de análisis digital de imágenes, lo que permite regularizar estas situaciones de manera eficiente. 
 
“Los trámites son muy accesibles y estamos acá para asesorar y agilizar los procesos, porque siempre es mejor que el contribuyente se presente voluntariamente a tener que hacerlo cuando ya recibió una sanción”, destacó Bangert desde la Dirección de Catastro. 
 
Asistencia
 
Para facilitar estos trámites, ATER ofrece asesoramiento personalizado a través de su Servicio de Atención al Contribuyente (SAC) - teléfono 0810-888-2837 (lunes a viernes, de 8 a 13). O bien enviando un correo electrónico a consultas@ater.gob.ar.
 
Además, los interesados encontrarán información detallada y formularios disponibles en el sitio web oficial de ATER: www.ater.gob.ar. También pueden acercarse a la representación territorial más cercana a su domicilio.