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ABC CONSULTAS FRECUENTES


La caducidad de los planes suscritos se producirá cuando:

  • En planes de hasta 12 cuotas: por falta de cancelación  de una (1) cuota, a los Treinta (30) días corridos de la fecha de su vencimiento

  • En planes de más de doce 12 cuotas: por falta de cancelación de dos (2) cuotas, consecutivas o alternadas, a los treinta (30) días corridos de la fecha de vencimiento de la segunda cuota impaga, o la falta de pago de Una (1) cuota a los Sesenta (60) días corridos de operado el vencimiento de la última cuota del plan.


Normas Asociadas
 DECRETO 388/2024
 RESOLUCION 128/2023




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