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GUÍA DE TRÁMITES



Compensación por pago duplicado o en exceso - Contribuyentes Régimen Simplificado del Impuesto a los Ingresos Brutos Id n°: 1022
Es el trámite para solicitar la compensación de pagos efectuados en duplicidad o en demasía del Impuesto a los Ingresos Brutos - Régimen Simplificado
¿Quién puede realizar el trámite?

Titular, responsable o apoderado que cuente con la Clave Fiscal -nivel 3- de AFIP.   

¿A quién está destinado?

Al contribuyente, titular del crédito.

¿Cuáles son los pasos?

1. Ingresar al portal de AFIP con CUIT y CLAVE FISCAL en la sección de Servicios de ATER, Servicios Administradora Tributaria de Entre Ríos.

2. Seleccionar su usario para acceder  a los servicios que tiene disponible, en este caso, deberá ingresar en la en la opción "Aplicación de Créditos" del menú "Servicios".

3. Debe seleccionar el Crédito aprobado. En caso de no disponer Créditos aprobados, se dará aviso en la misma tabla.

4. Una vez seleccionado el Crédito a utilizar, el sistema procederá a la carga de los periodos disponibles para compensar.

5. Seleccionar "Confirmar" y automáticamente se envía a su Domicilio Fiscal Electrónico un comprobante de la compensación efectuada.

¿Qué requisitos tiene?
 Existir la duplicidad del pago por el que se solicita el reconocimiento del crédito.
Normas Asociadas
Observaciones

 Para acceder al video tutorial acceder al siguiente link:  Aplicación créditos Régimen Simplificado

 



Información actualizada al: 19/10/2021 08:55:23 a.m.





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